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A obedecer la SCT determinación de juez sobre Aviacsa

El Juez Quinto de Distrito en Ciudad Valles determinó que 20 aeronaves de Aviacsa reúnen las condiciones técnicas necesarias para realizar operaciones de vuelo, resolución que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) considera desafortunada. Así, ordena que se levante la medida de seguridad emitida.

Mediante un comunicado emitido el viernes por la tarde, la SCT señala que en cumplimiento de la misma, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) instruyó que de manera inmediata, se permita la operación de las aeronaves referidas.

Agrega la dependencia que seguirá atenta al cumplimiento de las resoluciones que emita la autoridad jurisdiccional competente, en especial por lo que se refiere al recurso de revisión respecto de esa nueva orden.

El texto de la SCT apunta: "Cabe destacar que en la resolución del Segundo Tribunal Colegiado en San Luis Potosí -notificada ayer- se consideró lo siguiente:

"…el acto reclamado fue emitido por autoridades que conforme a la Ley que regula la actividad a la que se dedica la empresa quejosa pueden intervenir para vigilar que el cumplimiento del servicio público de transporte aéreo se preste en las condiciones que la propia norma jurídica exige a efecto de brindar seguridad tanto a los usuarios como a terceros.

"Bajo esa tesitura, no es factible conceder la suspensión provisional solicitada… sin perjuicio de que el Juez de Distrito al resolver sobre la suspensión definitiva o en otro momento que lo permita la Ley de la materia, cambie el panorama de apreciación del acto reclamado...".

Especifica la SCT que a pesar de ello, el Juez Quinto de Distrito considera que las aeronaves con matrículas: XA-TTM, XA-TTP, XA-TUK, XA-TVD, XA-TVL, XA-TVN, XA-TWJ, XA-TWV, XA-TYC, XA-TYI, XA-TYO, XA-UAA, XA-UCG, XA-UIU, XA-UIV, XA-UJB, XA-UJC, XA-TWO, XA-NAF, XA-NA, por el solo hecho de contar con certificado de aeronavegabilidad, cumplen con los requisitos para poder realizar operaciones de vuelo.

Es preciso indicar que todas las aeronaves –aún las siniestradas- cuentan con dicho documento; el artículo 32 de la Ley de Aviación Civil indica que esos certificados de aeronavegabilidad deben sujetarse a las pruebas, al control técnico y de mantenimiento que de manera rutinaria, verifica la DGAC.

Esa vigilancia de la DGAC es permanente y si –en términos de los artículos 17 de la Ley de Aviación Civil y 193 de su Reglamento-, se determina que no se reúnen las condiciones de seguridad máxima para la operación de la aeronave, se deben adoptar las medidas de seguridad que se consideren necesarias.

Y finaliza: "La SCT ratifica que su mandato legal es velar por la integridad física de los usuarios y trabajadores del sector aeronáutico; por ello, emitió una medida de seguridad de carácter temporal respecto de 25 aeronaves operadas por AVIACSA, cuya consideración debiera ser tomada en cuenta por los usuarios y trabajadores de la aerolínea".

Redacción--Financiero en línea
A obedecer la SCT determinación de juez sobre Aviacsa Reviewed by Toluca Noticias on 6/12/2009 Rating: 5

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