Ahora le toca al ISSEMyM limitar pensiones

Ayer, el pleno del Congreso mexiquense aprobó reformas a la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, a través de las cuales también se garantiza que quienes causen baja en el 2009 del servicio público conserven su derecho a recibir servicios de salud en los siguientes seis meses, siempre y cuando hayan trabajado de manera ininterrumpida por un mínimo de doce meses.
El presidente de la Comisión de Gobernación de la Legislatura local, Cruz Roa Sánchez, refirió que se turnaron tres iniciativas para modificar la Ley de Seguridad Social, propuestas por el diputado José Dolores Garduño, del PAN, del Ejecutivo y de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
Dijo que con los ajustes se moderniza esa norma y advirtió que actualmente hay un alto índice de adolescentes que viven con sus padres y han resultado embarazadas, por lo cual era necesario establecer como un derecho la prestación del servicio médico a hijas de servidores cotizantes embarazadas, menores de edad, solteras, o mayores de edad, con alguna discapacidad.
A través de esos cambios, dijo, se elimina la discriminación hacia ese sector de la población y se apoya a las familias para que puedan asumir la responsabilidad de admitir un nuevo miembro en la familia, pero también se requieren más programas educativos en materia de educación sexual para orientar a los diferentes sectores, especialmente, a los adolescentes.
También señaló que en el tema de las pensiones era necesario hacer ajustes, a efecto de garantizar la viabilidad financiera del sistema de pensiones, pues cada vez se requieren más recursos para cubrir jubilaciones y pensiones.
Por eso, dijo, se ha roto el equilibrio entre los beneficios otorgados por el ISSEMyM y las cuotas aportadas por los trabajadores, además de que se ha generado inequidad en el pago de esas prestaciones, por lo cual era necesario establecer un tope de 12 salarios.
De acuerdo con la nueva ley, las prestaciones de maternidad comprenden asistencia médica a partir de que se certifique el embarazo, ayuda en especie para lactancia, hasta por seis meses contemplados a partir del nacimiento, una canastilla de maternidad, siempre y cuando durante los seis meses anteriores al parto se hayan mantenido vigentes sus derechos o los del cotizante, y acreditar la dependencia económica.
Redacción--Sol de Toluca
Ahora le toca al ISSEMyM limitar pensiones
Reviewed by Toluca Noticias
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4/03/2009
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